1) DURANTE LOS MESES DE ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL DEL PRESENTE AÑO (2021), DEBERÁN PROCEDER A PRESENTAR ANTE ESTE TRIBUNAL, LA RESPECTIVA ACTUALIZACIÓN ANUAL A SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES.
LA OMISIÓN EN DICHA OBLIGACIÓN DARÁ LUGAR A LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA EQUIVALENTE A CINCO MIL LEMPIRAS (L5,000).
2) A TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS OBLIGADOS A DECLARAR QUE NO PUDIERON PRESENTAR SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES DURANTE EL AÑO 2020, SE HA OTORGADO POR ÚNICA VEZ UNA PRÓRROGA TEMPORAL HASTA EL 31 DE MARZO DEL AÑO 2021,
CIRCULAR N°-001/2021-SG-TSC
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