Poder Legislatiivo

Decreto No. 190-2020

 

ARTÍCULO 1.- Autorizar al Poder Ejecutivo para que por medio de sus Programas y Proyectos de Gobierno o a través de las instancias competentes, así como los desarrolladores privados, puedan realizar la construcción, reconstrucción, mejoras y/o reparaciones de viviendas de carácter social en zonas seguras en todo el territorio nacional, o aquellos ubicados también en lugares o zonas que existen asentamientos o proyectos de Vivienda Social, dirigidas especialmente a beneficiar a los afectados por el paso de las Tormentas Tropicales “ETA e “IOTA”, sin que sea necesario los permisos
previos sean estos municipales o nacionales. 

 

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