Miércoles, Abril 24, 2024

LEY ESPECIAL PARA PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD

DECRETO No. 5-2007


EL CONGRESO NACIONAL


CONSIDERANDO: Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado; en consecuencia, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla, sobre todo su dignidad, derecho que por disposición constitucional es inviolable.


CONSIDERANDO: Que los establecimientos penales y los centros de internamiento son instituciones públicas creadas para la seguridad y defensa social, en los cuales se procurará la rehabilitación de las personas privadas de libertad por resolución judicial y su preparación para la vida en libertad debiendo en todo caso y momento respetársele su dignidad humana.


CONSIDERANDO: Que la Ley del Reo Sin Condena, el Código de la Niñez y la Adolescencia y el Código Procesal Penal, regulan el acceso a la libertad, tantopara personas adultas procesadas y condenadas, como para los niños y niñas sujetas a internamiento, cuando se trate de ENFERMOS (AS) GRAVES CON PADECIMIENTOS INCURABLES; (Enfermedades en Fase Terminal); sin embargo, dichos cuerpos legales contienen aspectos que limitan y dificultan la tarea de los servidores de justicia y de los Organismos de Derechos Humanos para solicitar y brindar ese beneficio, circunstancia que vuelve imperativa la emisión de una Ley Especial efectiva que garantice la excarcelación de las personas que se encuentre en las condiciones antes citadas.


CONSIDERANDO: Que es conveniente definir el concepto de enfermo en fase terminal y establecer objetiva y científicamente los criterios para su valoración, a efecto de evitar confusiones o arbitrariedades.


CONSIDERANDO: Que el desinternamiento de las personas privadas de libertad, por su condición de enfermos en fase terminal, les permite un ambiente de dignidad, coadyuvando positivamente en su estado físico y mental, y con ello recibir un adecuado tratamiento médico acorde con la dignidad de la persona humana.


CONSIDERANDO: Que se vuelven ineficaces los fines de la prisión preventiva, medidas de internamiento y la pena de reclusión cuando son impuestas a personas que se encuentran en estado de enfermedad en fase terminal, situación que le provoca notoria deficiencia e insoportable inferioridad respecto del resto de los reclusos o internos

 

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