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ConvenciÓn Interamericana contra la corrupciÓnEl primer instrumento internacional integral de la lucha contra la corrupción , hasta medidas punitivas de hechos corruptos es la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), adoptada por la Organización de Estados Americanos (OEA), suscrita en Caracas , Venezuela el 29 de Marzo de 1996. Honduras aprueba la CICC por medio de Decreto 100-98 del Congreso Nacional de fecha 21 de Abril de 1998, y publicado en la Gaceta. Diario Oficial, el 15 de Mayo de 1998. Sobre el particular la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas dispone lo siguiente: "Artículo 68.- Medidas Preventivas. El Tribunal implementará la Convención Interamericana Contra la Corrupción en esta Ley y sus Reglamentos." "Artículo 104.- Autoridad Central.- Para los propósitos de la Convención Interamericana Contra la Corrupción , el Tribunal será la Autoridad Central para formular y recibir directamente las solicitudes de asistencia y cooperación a que se refiere la citada Convención."
INFORME DE AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE EXPERTOS. CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN:
Informes para Honduras
Enlaces Relacionados
Boletín Anticorrupción de la OEA: http://www.oas.org/juridico/newsletter/nl_sp_14.htm
Micrositio con información de la Convención OCDE:
Banco Mundial:
Centro Internacional de Prevención del Crimen de Naciones Unidas:
Ethics Resources Center :
Consejo de Europa:
COSO:
Grupo de Trabajo de Acción Financiera sobre Lavado de dinero (FAFT):
Organización de estados Americanos:
Organización Internacional de Policía Criminalística (INTERPOL):
Organización de las Naciones Unidas:
Proyecto Anticorrupción y Rendición de Cuentas de las Américas:
Transparencia Internacional:
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